sábado, 29 de diciembre de 2012

MERCADO DE TRABAJO Y LENGUA DE SIGNOS

Artículo publicado en la Revista del Ministerio de Empleo y SegurIdad Social núm. 101-2012, llamando la atención sobre la falta de adaptación de la CNO-11 (Clasificación Nacional de las Ocupaciones) al nuevo yacimiento de empleo creado a consecuencia de la aprobación de la Ley 27/2007, de 27 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

La CNO-11 es la tabla que se utiliza en las Oficinas de Empleo para asignar las ocupaciones solcitadas por los demandantes de empleo y para localizar futuros trabajadores a solicitud de los empresarios.



lunes, 17 de diciembre de 2012

EL SINDICATO SIN PERSONALIDAD JURÍDICA

CONSTITUCION Y SINDICATOS SIN PERSONALIDAD JURÍDICA 

María Dolores Rubio de Medina  
Doctora en Derecho. 



Fecha cierre comunicación: 04/12/2012.  

Comunicación presentada a la 2ª PONENCIA: “Constitución, Derechos Sociales y Tutela del Trabajador”.

31 JORNADAS UNIVERSITARIAS ANDALUZAS DE DERECHO DEL TRABAJO Y RELACIONES LABORALES: "Constitución Española y relaciones laborales ante el actual escenario social y económico".

Cádiz, 13 y 14 de diciembre de 2012

La comunicación puede obtenerse en el enlace:


http://www.juntadeandalucia.es/empleo/carl/portal/c/document_library/get_file?uuid=74abc36c-869d-4a2d-a67c-086015579619&groupId=10128




martes, 11 de diciembre de 2012

TRABAJADORES AUTÓNOMOS: DERECHOS COLECTIVOS BÁSICOS


DERECHOS COLECTIVOS BÁSICOS DE LOS QUE SON TITULARES LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN EL DERECHO ESPAÑOL

MARÍA DOLORES RUBIO DE MEDINA
Doctora en Derecho

PALABRAS CLAVE: trabajadores autónomos, sindicatos, asociaciones empresariales, asociaciones profesionales, derechos colectivos básicos



ÍNDICE:

I. Introducción.
II. Derecho de los trabajadores autónomo a afiliarse a un sindicato o a una asociación empresarial.
III. Derecho a afiliarse y fundar asociaciones profesionales específicas de trabajadores autónomos.
IV. Derecho a ejercer la actividad colectiva para la defensa de los intereses profesionales.
V. Bibliografía.


Publicado el día 11-12-2012 en el BOLETIN ADAPT NÚM. 21/2012


http://www.adapt.it/boletinespanol/index.php?option=com_content&view=article&id=96

sábado, 8 de diciembre de 2012

NOTAS SOBRE EL DERECHO DE ASOCIACIÓN DE LOS EXTRANJEROS


ASOCIACIONES EMPRESARIALES, SINDICATOS, ASOCIACIONES PROFESIONALES DEL TRABAJO AUTÓNOMO Y EL DERECHO DE ASOCIACIÓN DE LOS EXTRANJEROS

María Dolores Rubio de Medina
Doctora en Derecho 


ÍNDICE:
1. Introducción.
2. El reconocimiento del Derecho de asociación en la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio.
3. El reconocimiento del derecho de asociación en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
3.1. La redacción originaria de la Ley Orgánica 4/2000.
3.2. Modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2000.
3.3. La sentencia del Tribunal Constitucional núm. 236/2007, de 7 de noviembre.
3.4. La reforma aprobada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.
4. El derecho de los extranjeros a fundar y afiliarse a asociaciones empresariales.
5. El derecho de los extranjeros a fundar y afiliarse a asociaciones sindicales.
6. El derecho de los extranjeros a fundar y afiliarse a asociaciones profesionales del trabajo autónomo.


El texto completo del artículo, publicado en la revista "Temas Laborales", se ecuentra disponible en:



http://www.juntadeandalucia.es/empleo/anexos/ccarl/33_1194_3.pdf