sábado, 13 de abril de 2013

“La reforma de los despidos individuales y colectivos con especial referencia a las causas económicas”

María Dolores Rubio de Medina
“La reforma de los despidos individuales y colectivos con especial referencia a las causas económicas” en La reforma laboral 2012. Su impacto en la economía y el empleo (Dir.: Pilar Núñez-Cortés Contreras). Dykinson editorial. 2013. ISBN: 978-84-9031-417-3. Págs. 123 a 144.
Expongo, brevemente, las novedades  implantadas por las reformas laborales de 2012 en relación con el incremento de la flexibilidad del despido por causas económicas, incidiendo en los aspectos básicos de los despidos objetivos; en el ahorro de los costes empresariales por la reducción de las indemnizaciones y la supresión de los salarios de tramitación en los despidos improcedentes; en las claves de la nueva regulación de los despidos colectivos desarrollada por el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de la jornada; así como en  las innovaciones introducidas en el  despido por causas económicas, técnicas y organizativas en el sector público, a consecuencia de la entrada en vigor de la D.A. 2.ª de la Ley 3/2012; para, finalmente, resaltar la reducción de la indemnización que asume el FOGASA en relación a las empresas de menos de 25 trabajadores.

miércoles, 10 de abril de 2013

Las referencias al empleo en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su repercusión en la normativa española



María Dolores Rubio de Medina

Resumen


Reconocer los derechos humanos de las personas con discapacidades en virtud de la Convención es asegurar el goce pleno de reconocerle igualdad y libertades fundamentales, que en el campo laboral deben verse reflejadas. La prohibición de discriminación ha tenido respecto a las condiciones de las personas discapacitadas gran envergadura en los últimos años, para una correcta aplicación en la legislación de los Estados. Pero, no solo basta su adecuación normativa, sino también en el campo de trabajo tiene que verse reflejada en el mismo sentido. A lo que España ha ido refiriendo como una necesaria reforma en el mercado laboral, pero debido a cuestiones extrajurídicas dicha aplicabilidad no ha sido posible. Las dificultades económicas han sido algunas de ellas.

Texto completo en:

http://adapt.it/EJCLS/index.php/rlde_adapt/article/view/83