domingo, 22 de octubre de 2017

LOS PLIEGOS DE CORDEL DE MANUEL SANCHA DE BELASCO



© María Dolores Rubio de Medina, 2017


Cuando en 1787 (año probable) el poeta Manuel Sancha de Belasco –o Manuel Sancha Velasco o Manuel de Sancha y Velasco, etc; pues tantos nombres utilizaba–, nacido en Hinojosa del Duque, publicó su famoso pliego de cordel conocido como el Monstruo de Jerusalén, impreso por don Luis de Ramos de Coria de Córdoba, tenía 58 años y llovía sobre mojado porque dos años antes ya había conocido el éxito a nivel local como autor, con la publicación de otro romance basado en el instinto asesino de una loba y localizado de forma concreta en su pueblo natal; y porque su nueva obra era –y es–, en parte, un plagio. Intentó repetir un éxito pasado tomando la descripción del monstruo de otro texto, a saber cuál.

Vayamos por partes, este autor tan desconocido –yo misma descubrí su existencia hace un par de años–, es un personaje muy escurridizo y difícil de investigar, aunque vivió durante los años 1730-1806. Apenas queda rastro documental sobre su existencia. Quiero señalar que existen otros investigadores que me precedieron y han dado pistas o mostraron su obra para nuestra historia, hablo de Julio Caro Baroja en Ensayo sobre literatura de cordel (1990), de Manuel Álvar en Romances en pliegos de cordel (1974) y de Antonio Merino Madrid, editor de Romances de Ciego. Manuel Sancha de Velasco (1993), tampoco quiero dejar de citar a Luis Romero, cronista de Hinojosa del Duque; todos ellos, dentro de sus medios, indagaron lo que pudieron sobre un escritor del que, prácticamente, sólo se conoce poco más que su nombre. 

Dos de sus pliegos de cordel se conservan en la Biblioteca Auxiliar del Archivo Municipal de Málaga. Fondo Antiguo, los cuales atestiguan la autoría de nuestro personaje, rareza de la época,pues lo habitual es que no aparezcan los nombres de los autores en los textos de cordel, siendo los dos que se describen a continuación.

El primer romance conocido de Manuel Sancha de Belasco es un «pequeño tratado histórico» sobre nuestro pueblo y lleva por título: «TRAGICO MORAL ROMANCE, EN QUE SE DESCRIBEN LAS DESGRACIAS, que con una Loba rabiosa acaecieron en esta Ilustre Villa de Hinojosa del Duque dia doce de marzo d este año de 1787, dividido en dos partes por su Autor Don Manuel Sancha Belasco, natural y vecino de dicha Villa». Describe el ataque de una loba a dos pastores en Hinojosa del Duque y todos los hechos secundarios que menciona son reales y se encuentran documentados.

El segundo romance, el «Monstruo de Jerusalén» es más conocido y fue un auténtico éxito popular, hasta el punto que circulan muchas versiones con ligeras variaciones de palabras, en las que lo habitual es que no aparezca el nombre del autor. Este romance, tiene dos partes, aunque sobre la segunda de ellas existen razonables dudas acerca de si su autor es la misma persona, pues pudiera ser un añadido de fecha posterior. 

Reproducción de la primera página de un pliego de cordel del "Monstruo de Jerusalén".
He publicado la imagen de un pliego de mi propiedad para evitar problemas de uso indebido de fuentes.
Aunque sin referencia al autor en el mismo, tuve la fortuna de conseguirlo en la librería "Anticuaria" de Salamanca.

En todo caso, me interesa resaltar la famosa descripción del monstruo, para la que  utiliza las siguientes frases:
«[…]
cuya espantosa figura,
y talla, se dice, era
como de un grande Caballo,
el pecho, cuello y cabeza
como de un fuerte Leon,
y dos astas en la testa
á semejanza de un Toro,
y los colmillos de á tercia
como los de un Javali,
y de Pachon las orejas,
con una melena hermosa.
Su cuerpo era de la mesma
hechura de los Caymanes,
y sus uñas mas tremendas.
Todo vestido de conchas
de tan rara consistencia,
que rechazaban las balas
como las mas duras piedras.
Se treinta y seis espolones
de hueso, a modo de uñetas,
se vestian su lomo y ancas,
su cola, muslos y piernas.
Tenía como una vaca
cuatro monstruosas tetas;
de Basilisco las alas,
y cola con una flecha
al remate con las puntas
de una indecible agudeza.»

esta detallada incursión sobre el cuerpo del monstruo no es obra de la prodigiosa imaginación de nuestro «poeta de la sierra», como se autodenominaba, puesto que ya había sido publicada en 1932 en el Diario Histórico, Político-Canónico y Moral del P. FR. Joseph Álvarez de la Fuente; y al mismo tiempo, en el mismo año en que se podría haber publicado en Córdoba (1789), traspasó fronteras, dado que la descripción del monstruo fue noticia publicada en la Gazeta de México del martes, 24 de marzo de 1789, que la había rescatado del texto de Álvarez de la Fuente.

La tercera obra identificada que se conserva Manuel Sancha está en el Archivo Histórico de la Nobleza de Toledo, no ha sido publicada que yo sepa, ni tampoco se encuentra accesible al público a través de la web del archivo, sino que hay que adquirirla a través del sistema que tiene implantado el citado Archivo para acceder a su contenido. Se trata de un larguísimo poema escrito por la boda de D. Francisco de Borja Bruno María del Pilar Joaquín Pedro de Alcántara Tellez-Girón y Alfonso-Pimentel, X duque de Osuna con D.ª María Francisca de Beaufort y Álvarez de Toledo, condesa de Beaufort-Spontin. 

El poema está fechado a 11 de abril de 1803, está redactado con letra manuscrita –probablemente la de un escribano–, y en el encabezamiento del mismo dice lo siguiente: «A los Exmos. Señores Duques de Ôsuna, Benav.te y Bejar: Condes de Bello Alcazar, Marqueses de Peñafiel y de Veaufort, sus S.res, remite Manuel Sancha de Velasco (su humilde siervo) la enhorabuena de sus Bodas, ên Madrid: êntre los Ex.mos S.res Marques de Peñafiel, y Conde de Bello Alcazar, y la Ex.ma S.ra D.ña Fran.ca Veaufort, Condesa de Veaufort: en el Poema epíco síguíente.»

Se trata, en todo caso, de una obra menor, propia de un hombre en franca decadencia de sus facultades artísticas, en comparación con los dos romances anteriores de mucha más calidad, dentro de su mediocridad, todo hay que decirlo, pues la obra de Sancha de Belasco destaca más por su rareza que por su contenido. La redacción de la poesía de las bodas es muy empalagosa, forzada y «pelotillera». El autor, probablemente, intenta quedar bien con los señores para los que trabaja, ofreciéndoles un presente artístico, lo que no era raro al tratarse de los Béjar –integrados en la Casa de Osuna–, una familia famosa por su patronazgo con los escritores y artistas desde siglos antes.

A través de este texto conocemos datos de la vida de nuestro autor, puesto que dice:
«[…]
el Poeta de la Sierra
medecían, Manuel Sancha.
que en Hínojosa del Duque
vívía, donde la Casa
Excelentísíma, sirve,
de Interventor de Alcabalas»-

En este año nuestro personaje no vivía en Hinojosa del Duque, sino en Cuenca –aldea de Fuente Obejuna–, donde falleció su esposa ese mismo año de 1803 y donde fallecería él mismo, en 1806.

Mi interés durante esta investigación –que aún no he concluido– se ha centrado, como las obras citadas ya han sido descubiertas y mencionadas por otros, en tratar de descubrir alguna obra no conocida de Manuel Sancha. Esta tarea plantea una dificultad extraordinaria por la ausencia de firma de los autores en esta modalidad literaria, sobre todo si tenemos en cuenta que, a partir de la muerte de Manuel, sus obras empezaron a circular sin mención de su nombre, aunque existía un primitivo derecho de propiedad intelectual que en esta época que protegía a los autores y a sus herederos.

Es posible que mi esfuerzo haya dado frutos, creo que existe un nuevo romance que atribuyo –eso sí, impreso en una edición más moderna que los pliegos conservados en Málaga– a este autor y que nadie, que yo sepa, ha mencionado antes. El romance se conserva, por esas rarezas inexplicables del destino, en la Universidad de Cambridgedentro de la colección "Spanish Chapbooks". En los siglos XVIII-XIX hubo un auténtico interés de los intelectuales ingleses por estos poemas de cuatro, ocho o más páginas o cuartillas, que se imprimían en grandes pliegos –procedente de las hojas sobrantes de las resmas de papel adquiridas para imprimir libros– que podían doblarse en cuatro partes, impresos por su anverso y reverso. Es decir que de un pliego salían ocho páginas, por decirlo en de alguna manera. Estos pliegos se doblaban en cuatro y eran colgados en un cordel –o cañas finitas– para su venta, de ahí su nombre, «pliegos de cordel».


Las cuatro caras del anverso de un pliego de cordel.


Aunque mi investigación todavía necesita tres o cuatro meses para dejarla en condiciones medio aceptables –dentro de las tremendas lagunas que tendrá por la falta de fuentes documentales que han desaparecido–, procedo a hacer publico mi descubrimiento antes de tiempo por tres razones: 

La primera por si me precipito y alguien tiene razones fundadas para contradecirme, que en este terreno, todo es posible.

Segunda, porque como tardaré un poco en finalizar el trabajo, si he encontrado el texto en Internet –ciertamente después de casi un año revisando bibliotecas digitales o físicas y archivos; además de dar la lata a unos y a otros, hasta desesperarlos–, por pura casualidad, cualquier persona puede tener la misma fortuna y publicar su localización antes que yo.

La tercera y definitiva razón, es porque aunque no sea atribuible a Sancha de Belasco –en mi investigación expondré las razones por las que se lo adjudico, pero siempre será una apreciación personal y más arriesgada en mi caso, que no tengo formación lingüística o literaria, sino jurídica–, el romance, evidentemente, entrará en la pequeña historia de la literatura hinojoseña, pues lleva por título:

NUEVO Y CURIOSO ROMANCE, EN EL QUE SE DA
cuenta y declara el maravilloso milagro que ha obrado el
SANTISIMO CHRISTO DE LAS INJURIAS, y María San-
tisima de Guadalupe, con dos devotos suyos, que habiéndo-
les cautivado, por la intersecion de esta Soberana Se-
ñora se vieron libres : con lo demás que verá
el curioso en esta 
P R I M E R A   P A R T E


¿Verdad que sienten un hormigueo cuando leen «Cristo de las Injurias» y «Virgen de Guadalupe»? Pues recuerden que el Padre Juan Ruiz dice en La ilustre y noble villa de Hinojosa del Duque (1923) que el Cristo de las Injurias fue hallado en 1743, a la puerta de la ermita, época en la que vivía Manuel Sancha de Belasco. Y sigan leyendo y el asombro se agrandará. En uno de sus párrafos dice:

«[…]
vivia un Caballero,
llamado Don Juan de Ayala,
su esposa Doña Josefa,
discreta, entendida y sabia:
de su feliz matrimonio
el Cielo le hizo la gracia,
y les dió un Angel por hija,
de las mugeres la palma.
Se fue criando esta niña,
y desde su tierna infancia
tuvo grande devocion
con la Magestad Sagrada
del Christo de las Injurias.
En una Villa nombrada,
que la llaman Hinojosa,
tiene su Divina Casa,
siendo tantos sus milagros,
y sus maravillas tantas,
que para poder contarlos
será mi pluma cansada.»

Mi agradecimiento a la Cambridge University Library por valorar más que nosotros esta literatura llamada «hojas volantes», «pliegos de cordel», «hojas sueltas», etc. Espero que ustedes, los de nacieron o viven en mi pueblo, disfruten del descubrimiento con el entusiasmo con que lo viví hace una semana, cuando di con el hallazgo por casualidad. Desgraciadamente el buscador de la plataforma digital de la Library no busca palabras dentro del texto de los romances, ni al parecer han reparado en que muchos autores introducen su nombre y sus datos en el mismo romance, casi siempre al final. Conociendo estas limitaciones, se me ocurrió poner palabras poco usuales  sobre cosas de mi pueblo en el buscador a ver si los títulos de los romances servían para concretar la búsqueda y la suerte me vino de sopetón cuando introduje la palabra «Injurias». De pronto, en la pantalla de mi ordenador tenía esta maravilla, de la que dejo el enlace de la magnifica biblioteca donde se conserva, en donde podrán encontrar, también los datos de la colección a la que pertenece- El pliego fue donado por Edward Meryon Wilson.


Fotografia Archivo Rubio&De-Medina.
La ermita del Cristo de las Injurias sobre finales de los años 50 (s. XX).



      Buenas noches desde Sevilla, a 22 de octubre de 2017.

miércoles, 18 de octubre de 2017

El arrendamiento de pastos en las Dehesas hinojoseñas a finales del s. XIX



© María Dolores Rubio de Medina, 2017

Parece ser que el famoso concurso sobre «Derecho Consuetudinario y Economía Popular» de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas» es fuente constante de descubrimientos sobre las costumbres populares de Los Pedroches. Por los estudiosos ya era sobradamente conocido el libro titulado  Prácticas de Derecho y de Economía Popular observadas en la villa de Añora de Antonio Porras Márquez, que obtuvo el accésit en el Décimo Concurso Especial celebrado en el año 1914, trabajo que fue publicado en 1916. 

Portada de "Prácticas de Derecho y de Economía Popular
observadas en la Villa de Añora", 1916.

El  libro, una de las joyas de mi biblioteca (eso sí, bajo mi criterio subjetivo), lo localicé y adquirí gracias a «San Internet»; «santo laico» de los investigadores desesperados en estos tiempos de prisas. 

De nuevo, gracias a Internet, la misma Academia acaba de darme otra sorpresa, una de esas que, a la postre, «solo sirven para perder el tiempo». Así que allá vamos, a perderlo apasionada y concienzudamente, que es como tienen que hacerse todas las cosas, a nuestro pesar de los días en los que no estamos para nadie ni para nada. 

Pues bien, la Real Academia citada ya había publicado en 1900 un trabajo que obtuvo el cuarto puesto en el Primer Concurso de «Derecho Consuetudinario y Economía Popular», que se celebró en 1897. El libro se titula: Costumbres de Derecho y Economía Rural, consignadas en los contratos agrícolas usuales en las provincias de la Península española, y es el trabajo que fue presentado por Zoilo Espejo. 

Portadilla interior del libro de Zoilo Espejo, 1900.

En esta investigación el autor expone ejemplos de las costumbres agrícolas seguidas a finales del XIX, citando entre ellas las practicadas en la explotación de las Dehesas de Hinojosa del Duque, localidad que cita en dos ocasiones:

1) En el apartado Arrendamiento de los pastos, que transcribo literalmente parte de las págs. 58 y 59, por su interés para la «inútil historia local». 
Los terrenos dedicados á pastos y monte, en Córdoba, tienen poca extensión en la zona de la campiña; no asi en la de la sierra, donde constituyen las tres cuartas partes de la superficie. 
Las tierras destinadas á praderas naturales ó dehesas sin arbolado no se arriendan más que por un año, empezando y concluyendo el arrendamiento en San Miguel; los contratos son privados, y se permite acoger toda clase de ganados. 
En Hinojosa del Duque, las dehesas de monte bajo y alto se arriendan por cuatro ó seis años, haciéndose el contrato por escritura pública; págase la renta por semestres vencidos, en 26 de Marzo y 26 de Septiembre, quedando como garantía los ganados, aperos de labranza y labores. Se entra á disfrutar del terreno en San Miguel. 
Las dehesas que tienen casa se arriendan con ésta, sin reservas para el propietario. Donde no las hay, hacen viviendas de chamiza los pastores y mayorales, diseminadas por la finca. 
Los aprovechamientos para el arrendatario en estas dehesas consisten en la corta, que señala la propiedad, del arbolado viejo, y únicamente para el gasto doméstico, quedando el resto de la madera vieja en beneficio del propietario, que suele destinarla á leña ó carbón. También se permite al arrendatario el descuaje de cuatro á cinco fanegas por cada 100, con objeto de renovar las hierbas, aprovechándose de la madera. En estas dehesas pasta toda clase de ganado, exceptuando el cabrío, del cual no permiten más que seis cabras y un macho.
En las dehesas que, por hallarse atravesadas por algún arroyo, tengan servidumbre de abrevadero, se expresa en la escritura de arrendamiento esta circunstancia, determinándose las fincas que poseen el derecho á este disfrute, y las horas en que se ha de permitir el paso á los ganados, que siempre serán acompañados de un pastor del arrendador de la finca que tiene la servidumbre. 
Las dehesas que se llevan á pasto y labor, según la costumbre más generalizada en la sierra, por falta de terreno de siembra, se arriendan por cuatro años, permitiéndose al arrendatario aprovecharse de la madera útil de la corta, que señala el propietario, y que le sea necesaria para reponer los útiles de labranza. En toda dehesa hay una porción de terreno, que suele ser la quinta parte, completamente limpio y apropiado para la siembra, el cual es majadeado por el ganado y sembrado un año de cereales y otro de leguminosas. También se le permite al arrendatario el descuaje de todo el terreno que le consientan sus recursos, no pasando de una quinta parte de la total extensión de la finca, que puede sembrarlo ó subarrendarlo á otros colonos, por un año solamente, dejándolo después de pastos. 
La tala y limpia de la arboleda se hace generalmente por cuenta del propietario.

Tras la siega en tierras de Los Pedroches, junio de 2017.

2) En las páginas 68 y 69 del mismo libro, en las que, dentro del apartado dedicado a los Contratos de arrendamiento de un olivar, viña, huerta y dehesa, expone la forma de explotación que se practica en la Dehesa del Mármol, de Hinojosa, que se organiza del siguiente modo:

El Mármol.– Dehesa á pasto y labor, situada al Poniente del término de Hinojosa, distante del pueblo 12 kilómetros, y dos de la estación de Zujar en la línea férrea de Almorchón á Bélmez, que atraviesa la finca por su mitad. Tiene una extensión superficial de 310 hectáreas, 248 pobladas de jara y chaparral y 62 completamente limpias y destinadas á la siembra. Hay una casa con dos pisos para el arrendatario. Renta 3.600 pesetas anuales y el contrato está hecho por seis años, mediante escritura pública, pagándose la renta en dos plazos, en los dias 25 de Marzo y Septiembre, quedando como garantía los ganados y aperos de labranza y labores. Tiene esta finca abrevadero en el arroyo Cascajoso, que le sirve de linde, y pastan en ella 800 cabezas de ganado lanar todo el año, 150 cerdos durante la primavera, en el mes de Noviembre para el aprovechamiento de la bellota, y en el de Agosto, para el espigadero. 

La buena administración de las Dehesas era –y es– esencial para una beneficiosa explotación de la ganadería, especialmente para la porcina y ovina; en esa época, en el mercado de lanas, Hinojosa destacaba por su abundancia, aunque en calidad era superada por el pueblo vecino de Belalcázar, como sabemos por el periódico madrileño El Progreso Agrícola y Pecuario, que en fecha de de 31 de octubre de 1918 nos informa que se van generalizando las compras en la mayoría de las provincias, aunque aún quedan muchas existencias de todas las clases de lanas que se producen en España.
En Belalcázar (Córdoba) se ha vendido a 75 pesetas arroba de 11 kilos y medio. 
Se trata de lana merina fina en cantidad de unas 1.000 arrobas. 
En Hinojosa del Duque (Córdoba) se contrataron casi todas las existencias del pueblo, que son de importancia, aunque no tan finas como las de Belalcázar, a 70 pesetas arroba, pago al contado. Quedan aún algunas pilas sin contratar.

Cabeza del periódico, 1918.

En fin, finalizo abruptamente, tras dejar una nota más sobre nuestro pasado, que como ando atareada en otras investigaciones de largo recorrido, en esta ocasión no dispongo de tiempo para realizar algo más elaborado, así que con esta entrada cumplo con mi autocompromiso de publicar en este blog con regularidad, pues como dice el refranero, «cada uno extiende la pierna hasta donde llega la manta».


      Sevilla, 18 de octubre de 2017.

domingo, 8 de octubre de 2017

TESTIMONIO FOTOGRÁFICO DE LA HINOJOSA QUE FUE (III): LA VIRGEN DE GUÍA


© María Dolores Rubio de Medina, 2017


Conocemos la devoción de cuatro pueblos de Los Pedroches por la Virgen de Guía: Alcaracejos, Villanueva del Duque, Fuente la Lancha e Hinojosa del Duque que organizan sus correspondientes traídas de la Imagen desde la ermita a los pueblos respectivos, siguiendo un riguroso uso del calendario para determinar la fecha que le corresponde a cada pueblo. Algún autor introduce otro pueblo más: Dos Torres (1). La historia del repartimiento del tiempo para disfrutar de la Virgen la narra el padre Juan Ruiz (2), quien relata la «Concordia» que en 1654 tuvo lugar entre Villanueva del Marqués –hoy del Duque– e Hinojosa para solucionar el conflicto sobre las tierras de la hoja de La Lancha, zona donde se encuentra la ermita; y en consecuencia, las fechas que le correspondían a cada pueblo; citándose en la «Concordia», además, los pueblos de Alcaracejos y Torremilano –que junto a Torrefranca formaría la villa de Dos Torres–. 

La Virgen, en palabras del Padre Juan Ruiz (3), «es una pequeña estatuilla, encerrada en una caja metálica con argollas, propia para ser cogida en el razón de una silla de montar», casi todos la hemos conocido sobre una peana en una de las iglesias o sobre unas andas, fuera del famoso arcón, si es que se sigue conservando.


La Virgen de Guía en el año 2005.

Existen pocas imágenes antiguas de las procesiones que se celebran en Hinojosa, de ahí mi sorpresa cuando hace un par de meses localicé en dos ejemplares de la revista «Blanco y Negro» (Madrid), dos fotografías de la procesión de la Virgen de Guía. 

La primera imagen fue publicada en el día 8/5/1932, acompañada de un texto que dice lo siguiente: «Una procesión tradicional en Hinojosa del Duque (Córdoba). Se celebra todos los días 1º de Mayo la procesión de la Virgen de Guía. Este año, con motivo de la fiesta del trabajo se celebró el día 2, en medio del mayor entusiasmo por parte de aquel vecindario». Es significativo que la celebración del día tradicional se vea desplazaba por una fiesta laica como es el Día del Trabajo, que no es de extrañar, por la pujanza que tuvieron en la época los sindicatos agrícolas, puesto que como sabemos, la economía de Hinojosa es agrícola-ganadera. La imagen tiene la suficiente calidad como para observar las andas o parihuelas en las que era traslada en año.

La segunda imagen es de 1936 y es un testimonio gráfico extraordinario, que muestra la procesión mientras recorre la calle Corredera –me ha parecido reconocer esa calle, como si vinieran desde el Paseo en dirección a la Plaza, a la altura de actual Iglesia de los Padres Carmelitas, aunque no estoy segura–. El pie de la fotografía dice lo siguiente: «PRIMER DOMINGO DE MAYO EN HINOJOSA DEL DUQUE. La venerada imagen de la Virgen de Guía, llevada procesionalmente un trayecto de 12 kilómetros, desde el pueblo de Fuente la Lancha hasta la parroquia de dicha ciudad cordobesa». La Virgen es acompañada por una multitud que ocupa toda la calle de punta a punta. Destacan la cantidad de hombres de campo –no nos olvidemos que Hinojosa siempre ha sido un pueblo de labradores y ganaderos–, vestidos con sus mejores galas. 


Como reflejo de la vinculación con el campo de esta imagen religiosa, traigo a colación dos datos: 
a) En el siglo XIX una de las 2 ferias que se celebraban en Hinojosa del Duque –del 3 al 11 de febrero– se desarrollaba en los alrededores de su ermita, distante a 3 lenguas de la población (2); feria que no tardaría en desaparecer, a pesar de estar organizada dentro del calendario agrícola en una de las épocas de menos trabajo.
b) Porque los rituales religiosos no sólo eran hitos del calendario agrícola, sino que demostraban la idiosincrasia del hombre de campo hinojoseño, preocupado por el fruto de la tierra. Para demostrar todo esto, nada mejor que reproducir las palabras de un verdadero apasionado sobre el tema, como lo fue mi padre, Pablo Manuel Rubio Ramos, que en su manuscrito titulado «Relatos Intrascendentes», dejó perfectamente retratado el sentimiento «religioso» del hombre de campo de nuestro pueblo: 
«Cuando la agricultura era ecológica, sin necesidad de leyes, y los agricultores hinojoseños verdaderos enamorados de su oficio, las sementeras se cuidaban con mimo extremado para obtener el máximo beneficio, realizando las diversas labores en tiempo y forma oportunas. Hacia los Santos, ‘quince días antes, quince días después, sementera es’, se sembraba el trigo, la cebada, la avena, productos capitales de las tierras de la semimeseta del término de Hinojosa. A primeros de año se graneaban las siembras con la red metálica de pinchos para romper la tez de la tierra para que el agua de la lluvia penetrara, evitando en lo posible la correntía superficial. Más tarde la escalda o desherbo a que nos referiremos; siembra de garbanzos y otras leguminosas, buen alimento de animales, principalmente los cerdos de matanza, como chícharos, muelas y habas. y a esperar el ‘agua de mayo’, primavera larga y lluviosa para el desarrollo y granación de los productos. Siega, acarreo a la era, trilla, separación del grano y la paja o limpia y depósito en el doblado y pajar; ya estamos en la Feria de agosto, después de tomar parte en la procesión de la ‘cojoná’ porque el labrador, siempre descontento al acompañar la Custodia del Corpus va comentando con el vecino: ‘Este año no cojo ná’. Finaliza el año agrícola. Por San Miguel —29 de septiembre— se contrataban obreros por año, muleros y pastores; se reponían animales y mantas en las ferias de la comarca y volvía un nuevo ciclo». 

Los tiempos, con sus cambios, han desvinculado las fiestas religiosas del calendario agrícola, aunque se siguen celebrando en las mismas fechas señaladas desde hace siglos.

Evolución de la festividad: esperando la traída
de la Virgen de Guía en el campo, en 1977.

Volviendo a la segunda fotografía publicada en el «Blanco y Negro», esa imagen me llamó la atención por haberse publicado el día 17/05/1936. Algo más de año después, en agosto de 1937, toda esa aparente devoción de la gente saltó por los aires, como nos trae a la memoria las palabras de don Juan Jurado Ruiz, Pbro. quien narró los desmanes ocurridos en agosto de 1937 (Guerra Civil) en la Parroquia de San Juan Bautista, donde quemaron los retablos e imágenes y devastaron la iglesia (5). 

¿Y por qué he contado esto? Porque ha sido esta fotografía y el recuerdo de las palabras de don Juan, las que, una y otra vez, me ha asaltado como una tortura china durante estos días en que una parte del pueblo catalán reclama  la independencia de Cataluña.


BIBLIOGRAFÍA

  1. Alfredo Gil Muñoz: «El Valle de los Pedroches: el país y sus habitantes». Boletín de la Real Sociedad Geográfica. 1925. Tomo LXVI. Págs. 45-76. Curioso, por otro lado, que utilice el término país para referirse a una comarca. ¡Cómo evoluciona el significado del lenguaje!
  2. Juan Ruíz:: La ilustre y noble villa de Hinojosa del Duque, Jerez de la Frontera, 1923. Págs. 261-263.
  3. Juan Ruiz: Op. cit.
  4. Pascual Madoz: Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Edición Facsímil dedicada a la provincia de Córdoba –que originalmente pudiera estar fechada en 1852–, reproducida por Ámbito y Editoriales Andaluzas Reunidas en 1987.
  5. Manuel Nieto Cumplido: Iglesia de San Juan Bautista, Hinojosa del Duque, Córdoba, 1982. Págs. 92-93).

NOTA: Para publicar las imágenes propiedad de la revista «Blanco y Negro» (Madrid) he solicitado el preceptivo permiso al archivo del ABC, que me ha autorizado a usarlas mediante enlace. 

Sevilla, 8 de octubre de 2017. 

Día de la Manifestación 
convocada por la 
Sociedad Civil Catalana 
en Barcelona. 



domingo, 1 de octubre de 2017

Plagio científico vs. plagio literario


                                                                         © María Dolores Rubio de Medina, 2017



Uno de los aspectos más significativos de la Ley de Propiedad Intelectual –en adelante, LPI– es el art. 10 que establece que son objeto de protección las «creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, (…)».

Cuando un autor o artista escribe o crea cualquier obra y esta es reproducida (literalmente o no) para crear otra distinta que se atribuye a otra persona podríamos estar ante un plagio. Sin embargo, los Tribunales no tratan de la misma forma los plagios de las obras científicas y los de las obras literarias, los parámetros que se tienen en cuenta para perfilar el plagio pueden ser distintos. 

1. El plagio científico vs. plagio literario.

El sector mayoritario de la jurisprudencia interpreta que en el ámbito científico (investigaciones, tesis doctorales, etc.) la existencia de textos coincidentes no es prueba suficiente para fundamentar una condena por plagio y, en consecuencia, considerar que existe una vulneración de los derechos de autor. Al respecto así lo han señalado, entre otras, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia (sección 4.ª) de 17/7/2016; la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid (sección 3.ª) 1/7/2016; y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 15) de 10/11/2011.

La argumentación expuesta se encuentra desarrollada en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos núm. 268/2017, de 17 de mayo, la cual señala que «…lo que protege el derecho de autor no son las ideas sino la forma de expresión de las mismas. Las ideas cuando no están protegidas en sede de propiedad industrial, pertenecen una vez descubiertas al acervo común, porque se considera que toda la humanidad debe poder beneficiarse de ellas. Sin embargo, la forma de expresión de las ideas, si es original, si es objeto de protección…».

Esta argumentación conduce a determinar que lo que se protege es la ORIGINALIDAD SUBJETIVA de las obras, vinculada con la persona; es decir, hace referencia a la forma que utiliza cada persona para exponer la idea, de manera que solo puede atribuirse a esa persona. En definitiva, se relaciona con el carácter personalísimo de la obra; con lo que lleva un aspecto negativo, y es que esta originalidad subjetiva no sirve para todos los supuestos protegidos por la LPI, sino que como señala la sentencia anteriormente citada, solo sirve «para los autores que sean fácilmente reconocibles a través de sus ideas, sobre todo en el campo de las artes plásticas», dejando fuera de protección a las obras que no tienen rastro de la personalidad del autor o las obras creadas por autores desconocidos.

Es de sobra conocido que en el ámbito académico para publicar en determinadas revistas científicas hay que seguir determinados parámetros o reglas, lo que llaman reglas de estilo (tipo de texto, numeración de los epígrafes, forma de citar a bibliografía, uso de abreviaturas, etc…) que no solo convierten la redacción de cualquier artículo en una pesadilla, sino que hacen que en su estructura formal nuestro artículo se parezcan a cualquier otro articulo de la misma publicación, con lo que, al margen de la idea, argumentos o temas originales –en el sentido de no haber sido expuestos por otros– desarrollados en el citado texto, la posible originalidad del contenido disminuye, a diferencia de los textos literarios que permiten mayores posibilidades, como por ejemplo, expongo unos casos extremos: La casa de hojas de Mark Z. Danielewski, el Ulises de James Joyce o Don Quijote, casos personalísimos de escritura que influyen, incluso, en el comportamiento de los lectores, que deben seguir una disciplina inusitada para poder finalizar la lectura, cuando lo consiguen.

En las obras de investigación este personalísimo está muy limitado, como he expuesto en el caso de las publicaciones científicas; precisamente por este encorsetamiento formal, he dejado de publicar en las revistas jurídicas por que someterme a determinadas reglas para «unificar» los textos con otros de la revista es más una humillación que un honor, por muy prestigiosa que sea la publicación, sobre todo cuando tienes un extenso currículo de publicaciones con el que ya has demostrado tu capacidad formal para redactar un texto exponiendo una idea. 

Pero dejemos los personalísimos y volvamos al tema que nos ocupa, a nuestra sentencia –SAP de Burgos 17-5-2017–, que señala que la teoría de la originalidad subjetiva deja sin protección a las investigaciones científicas, donde no existe rastro de ese carácter subjetivo. Es decir, que existe otra vertiente: la ORIGINALIDAD OBJETIVA, en la que no se tiene en cuenta la personalidad del autor (lo subjetivo), sino la NOVEDAD PROPIA DE LA IDEA expuesta en la obra. El inconveniente sería que «…no podrá calificarse como original cualquier expresión de una idea, que de otra forma sería original por el solo hecho de que cada persona la expresara de una forma única e irrepetible». Si escribe sobre algo que forma parte del acervo común, será difícil concluir que el tema se haya expuesto de forma original.

¿Cuando se da, pues, esta originalidad objetiva? Como argumenta la SAP de Burgos 17-5-2017 cuando «la obra da a conocer una idea original, nunca antes expuesta. Aunque (…) la propiedad intelectual no protege las ideas ni los descubrimientos, sucederá muchas veces que la novedad propia de la idea se extienda a todo el resto del texto que aparecerá influido de la idea nueva. La originalidad se manifestará en la exposición de los antecedentes que han dado lugar a la idea luminosa, en la formulación literaria de la idea la misma, y en las consecuencias que de ella se derivan (…)».

Las obras científicas, didácticas y divulgativas no pueden ser valoradas en los mismos términos que la ORIGINALIDAD SUBJETIVA de las obras literarias, puesto que, como ya señaló la SAP Barcelona (sección 15) 10/11/2011, «el grado de creatividad y originalidad expresiva del autor esta muy condicionado por su contenido, que el autor intentará transmitir primado la claridad expositiva y, por lo general y probablemente, sin alejarse de forma expresiva que cualquier otro autor habría empleado si persigue esos fines científicos, didácticos o divulgativos».

2. El plagio científico vs. la infracción del derecho de reproducción

La diferencia entre ambos viene claramente señalada en la citada Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos núm. 268/2017, de 17 de mayo, que observa lo siguiente:
a) El plagio científico «…consiste en disfrazar como propio lo que es una obra ajena, lo que consigue silenciando el nombre del autor, al cual no se le cita, pero la mayor parte de las veces dando al texto de la obra copiada una forma diferente para hacerlo pasar como propio».
b) Cuando se reproduce de forma literal un texto original es una infracción del derecho de reproducción al que se refiere el art. 18 de la LPI, en consecuencia «ya no es necesario exigir una originalidad objetiva para determinar el plagio. Basta la originalidad subjetiva pues nadie puede discutir el carácter original de una obra que ha sido escrita por primera vez por un determinado autor». En este ultimo caso, estima la sentencia indicada que existirá una doble vulneración:
  1. Vulneración del derecho de reproducción (al reproducir sin permiso el contenido de la obra, como si fuera una fotocopia. Se vulneran derechos económicos o de explotación).
  2. Vulneración de los derechos morales del autor, porque se ha silenciado el nombre del autor en el texto, haciéndolo pasar como propio.


Sevilla, 1 de octubre de 2017