miércoles, 18 de octubre de 2017

El arrendamiento de pastos en las Dehesas hinojoseñas a finales del s. XIX



© María Dolores Rubio de Medina, 2017

Parece ser que el famoso concurso sobre «Derecho Consuetudinario y Economía Popular» de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas» es fuente constante de descubrimientos sobre las costumbres populares de Los Pedroches. Por los estudiosos ya era sobradamente conocido el libro titulado  Prácticas de Derecho y de Economía Popular observadas en la villa de Añora de Antonio Porras Márquez, que obtuvo el accésit en el Décimo Concurso Especial celebrado en el año 1914, trabajo que fue publicado en 1916. 

Portada de "Prácticas de Derecho y de Economía Popular
observadas en la Villa de Añora", 1916.

El  libro, una de las joyas de mi biblioteca (eso sí, bajo mi criterio subjetivo), lo localicé y adquirí gracias a «San Internet»; «santo laico» de los investigadores desesperados en estos tiempos de prisas. 

De nuevo, gracias a Internet, la misma Academia acaba de darme otra sorpresa, una de esas que, a la postre, «solo sirven para perder el tiempo». Así que allá vamos, a perderlo apasionada y concienzudamente, que es como tienen que hacerse todas las cosas, a nuestro pesar de los días en los que no estamos para nadie ni para nada. 

Pues bien, la Real Academia citada ya había publicado en 1900 un trabajo que obtuvo el cuarto puesto en el Primer Concurso de «Derecho Consuetudinario y Economía Popular», que se celebró en 1897. El libro se titula: Costumbres de Derecho y Economía Rural, consignadas en los contratos agrícolas usuales en las provincias de la Península española, y es el trabajo que fue presentado por Zoilo Espejo. 

Portadilla interior del libro de Zoilo Espejo, 1900.

En esta investigación el autor expone ejemplos de las costumbres agrícolas seguidas a finales del XIX, citando entre ellas las practicadas en la explotación de las Dehesas de Hinojosa del Duque, localidad que cita en dos ocasiones:

1) En el apartado Arrendamiento de los pastos, que transcribo literalmente parte de las págs. 58 y 59, por su interés para la «inútil historia local». 
Los terrenos dedicados á pastos y monte, en Córdoba, tienen poca extensión en la zona de la campiña; no asi en la de la sierra, donde constituyen las tres cuartas partes de la superficie. 
Las tierras destinadas á praderas naturales ó dehesas sin arbolado no se arriendan más que por un año, empezando y concluyendo el arrendamiento en San Miguel; los contratos son privados, y se permite acoger toda clase de ganados. 
En Hinojosa del Duque, las dehesas de monte bajo y alto se arriendan por cuatro ó seis años, haciéndose el contrato por escritura pública; págase la renta por semestres vencidos, en 26 de Marzo y 26 de Septiembre, quedando como garantía los ganados, aperos de labranza y labores. Se entra á disfrutar del terreno en San Miguel. 
Las dehesas que tienen casa se arriendan con ésta, sin reservas para el propietario. Donde no las hay, hacen viviendas de chamiza los pastores y mayorales, diseminadas por la finca. 
Los aprovechamientos para el arrendatario en estas dehesas consisten en la corta, que señala la propiedad, del arbolado viejo, y únicamente para el gasto doméstico, quedando el resto de la madera vieja en beneficio del propietario, que suele destinarla á leña ó carbón. También se permite al arrendatario el descuaje de cuatro á cinco fanegas por cada 100, con objeto de renovar las hierbas, aprovechándose de la madera. En estas dehesas pasta toda clase de ganado, exceptuando el cabrío, del cual no permiten más que seis cabras y un macho.
En las dehesas que, por hallarse atravesadas por algún arroyo, tengan servidumbre de abrevadero, se expresa en la escritura de arrendamiento esta circunstancia, determinándose las fincas que poseen el derecho á este disfrute, y las horas en que se ha de permitir el paso á los ganados, que siempre serán acompañados de un pastor del arrendador de la finca que tiene la servidumbre. 
Las dehesas que se llevan á pasto y labor, según la costumbre más generalizada en la sierra, por falta de terreno de siembra, se arriendan por cuatro años, permitiéndose al arrendatario aprovecharse de la madera útil de la corta, que señala el propietario, y que le sea necesaria para reponer los útiles de labranza. En toda dehesa hay una porción de terreno, que suele ser la quinta parte, completamente limpio y apropiado para la siembra, el cual es majadeado por el ganado y sembrado un año de cereales y otro de leguminosas. También se le permite al arrendatario el descuaje de todo el terreno que le consientan sus recursos, no pasando de una quinta parte de la total extensión de la finca, que puede sembrarlo ó subarrendarlo á otros colonos, por un año solamente, dejándolo después de pastos. 
La tala y limpia de la arboleda se hace generalmente por cuenta del propietario.

Tras la siega en tierras de Los Pedroches, junio de 2017.

2) En las páginas 68 y 69 del mismo libro, en las que, dentro del apartado dedicado a los Contratos de arrendamiento de un olivar, viña, huerta y dehesa, expone la forma de explotación que se practica en la Dehesa del Mármol, de Hinojosa, que se organiza del siguiente modo:

El Mármol.– Dehesa á pasto y labor, situada al Poniente del término de Hinojosa, distante del pueblo 12 kilómetros, y dos de la estación de Zujar en la línea férrea de Almorchón á Bélmez, que atraviesa la finca por su mitad. Tiene una extensión superficial de 310 hectáreas, 248 pobladas de jara y chaparral y 62 completamente limpias y destinadas á la siembra. Hay una casa con dos pisos para el arrendatario. Renta 3.600 pesetas anuales y el contrato está hecho por seis años, mediante escritura pública, pagándose la renta en dos plazos, en los dias 25 de Marzo y Septiembre, quedando como garantía los ganados y aperos de labranza y labores. Tiene esta finca abrevadero en el arroyo Cascajoso, que le sirve de linde, y pastan en ella 800 cabezas de ganado lanar todo el año, 150 cerdos durante la primavera, en el mes de Noviembre para el aprovechamiento de la bellota, y en el de Agosto, para el espigadero. 

La buena administración de las Dehesas era –y es– esencial para una beneficiosa explotación de la ganadería, especialmente para la porcina y ovina; en esa época, en el mercado de lanas, Hinojosa destacaba por su abundancia, aunque en calidad era superada por el pueblo vecino de Belalcázar, como sabemos por el periódico madrileño El Progreso Agrícola y Pecuario, que en fecha de de 31 de octubre de 1918 nos informa que se van generalizando las compras en la mayoría de las provincias, aunque aún quedan muchas existencias de todas las clases de lanas que se producen en España.
En Belalcázar (Córdoba) se ha vendido a 75 pesetas arroba de 11 kilos y medio. 
Se trata de lana merina fina en cantidad de unas 1.000 arrobas. 
En Hinojosa del Duque (Córdoba) se contrataron casi todas las existencias del pueblo, que son de importancia, aunque no tan finas como las de Belalcázar, a 70 pesetas arroba, pago al contado. Quedan aún algunas pilas sin contratar.

Cabeza del periódico, 1918.

En fin, finalizo abruptamente, tras dejar una nota más sobre nuestro pasado, que como ando atareada en otras investigaciones de largo recorrido, en esta ocasión no dispongo de tiempo para realizar algo más elaborado, así que con esta entrada cumplo con mi autocompromiso de publicar en este blog con regularidad, pues como dice el refranero, «cada uno extiende la pierna hasta donde llega la manta».


      Sevilla, 18 de octubre de 2017.

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